El 16 de agosto de 2018, el cabildo del municipio de Puebla aprobó una modificación al artículo 209 del Código Reglamentario Municipal (Coremun) para sancionar el acoso sexual en espacios públicos, que contempla la posibilidad de denunciar:
Conductas no verbales con connotación sexual o lasciva, tales como exhibición de genitales, masturbación, actos que involucren contacto corporal, tocamientos, roces intencionales u opresión de genitales contra el cuerpo. Conductas verbales con connotación sexual o lascivas, como invitaciones, insinuaciones, solicitudes o proposiciones para actos lascivos o con connotación sexual; y la captación de imágenes, videos o cualquier registro audiovisual del cuerpo o de alguna parte de él, con connotación sexual o lasciva.
La reforma dice que la falta administrativa debe ser atendida en flagrancia por uniformados y que se contarán con mecanismos de denuncia si ellos no están presentes, por eso prevé que si la denuncia carece de flagrancia, aun se pueda acudir a un juzgado calificador a denunciar con apoyo de algún testigo, de fotografías, videos y demás elementos que sirvan para sostener el dicho.
Las sanciones que se contemplan contra quienes resulten agresores pueden ir en diferentes sentidos, por ejemplo; acudir a un proceso de sensibilización o reeducación en temas de violencia de género, aplicar un arresto de hasta 36 horas o una multa de hasta 8 mil pesos. Por lo anterior, es necesario señalar la importancia de que esta reforma se acompañe de acciones de capacitación dirigida a elementos de seguridad publica y juzgados calificadores en el tema de acoso sexual en el espacio público, porque son quienes figuraran como primer contacto con las víctimas y serán responsables de que las denuncias procedan adecuadamente, sin discriminar ni re victimizar a las denunciantes.
Nos preocupa la dificultad que enfrentan este tipo de iniciativas para pasar del “papel a la práctica”, teniendo en cuenta que la actual administración deja a la siguiente, la responsabilidad de la difusión, implementación, evaluación y seguimiento de este mecanismo de denuncia. Frente a este panorama resulta indispensable hacer un llamado a los gobiernos en transición y a la sociedad civil organizada, para que en esta coyuntura política, la sanción del acoso sexual en el espacio público no sea solo un tema mediático, de modo que transcienda para atender las necesidades reales de las mujeres frente a estas formas de violencia.
Señalamos que aunque estas sanciones representan una oportunidad para las mujeres en la capital poblana, desafortunadamente no aplican para las agresiones recibidas en otras localidades, lo que en principio representa una dificultad al ubicar la cercanía de este municipio con otros colindantes. Frente a esto, exhortamos a las autoridades competentes a coordinar sus esfuerzos y aprovechar esta oportunidad para garantizar las denuncias de acoso sexual en el espacio público en otros contextos, armonizando los mecanismos que permitan a todas las mujeres – y todas las personas – el ejercicio pleno de sus derechos.