La Sala Regional de la Ciudad de México, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinó sobreseer la queja interpuesta por el ciudadano Manuel Ernesto Pérez Aguirre, en contra del Acuerdo del Consejo Local del INE en Puebla por el que se conforman los Consejos Distritales en la entidad.
La sentencia dictada por los magistrados, establece que no se encuentra configurada la presunta violación de los derechos político electorales del ciudadano, toda vez que no se le puede restituir en los consejos distritales 09 y 11, ya que no se inscribió para participar en la designación de dichos órganos colegiados.
Los magistrados sentenciaron que cada aspirante estuvo en aptitud de solicitar el distrito en que pretendía ser designado, y que, atendiendo a dicha manifestación, el Consejo Local del INE en Puebla valoró la documentación y realizó los nombramientos respectivos.
Durante la sesión pública, el magistrado Héctor Romero Bolaños señaló que a fin de no dislocar el sistema jurídico, la determinación se tomó con base en la jurisprudencia establecida y con el fin de no otorgar un interés difuso al ciudadano, lo que le permitiría impugnar la conformación de cualquier consejo distrital incluso de cualquier entidad.
En el mismo sentido, el Magistrado Presidente, Armando Maitret Hernández indicó que bajo el argumento de motivos geográficos, sería un sinsentido nombrar a ciudadanos en consejos distritales que les sean distantes de su lugar de residencia, razón por la que los ciudadanos acotan su ámbito de participación; puntualizó que no hay constancias que se haya acotado el ámbito de participación por parte del Consejo Local del INE en Puebla hacia el ciudadano, por lo que los magistrados determinaron sobreseer el procedimiento, especificó que lo más adecuado es acotar la posibilidad de participación y la facultad de impugnación.