La Suprema Corte de Justicia la Nación (SCJN) determinó que todas las autoridades sanitarias del país deben practicar el aborto cuando lo soliciten mujeres víctimas de violación sexual.
La decisión judicial tiene que ver con un caso que inició en noviembre de 2015, cuando una menor denunció ante las autoridades de Morelos un embarazo no deseado, derivado de una violación.
Tras la agresión y denuncia, la víctima acudió al Hospital General de Cuernavaca Doctor José G. Parres, y solicitó se le practicara un aborto. Argumentó que además de ser objeto de un ataque sexual, el feto presentaba un padecimiento congénito.
Sin embargo, los funcionarios médicos se negaron a practicar la interrupción legal del embarazo.
Luego de más de tres años de litigio en tribunales, finalmente la segunda sala de la SCJN emitió un fallo sobre este tipo de casos que autoriza el aborto a mujeres víctimas de violación que lo reclamen.
En México hay estados como Guerrero, Guanajuato y Querétaro que únicamente permiten la interrupción del embarazo por violación cuando se consideran riesgos para la vida de las mujeres afectadas.